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Nueva normativa del SII obliga a comercios a emitir boletas electrónicas impresas o digitales, ¿cómo impactará a los consumidores?

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A partir de 2025, comercios deben proporcionar comprobantes electrónicos impresos o digitales, buscando combatir la evasión fiscal y asegurar igualdad en la competencia.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha dado un paso significativo para combatir la evasión fiscal en el país a través de la nueva Resolución N°12, que establece la obligatoriedad de emitir boletas electrónicas por cada compra realizada. Esta medida, que entrará en vigencia de manera escalonada a partir del 1 de mayo de 2025, busca garantizar que tanto comercios como consumidores cumplan con sus obligaciones tributarias, promoviendo una competencia equitativa en el mercado.

Contexto y fundamentos de la resolución

El Subdirector de Asistencia del SII, Patricio Muñoz, explicó que esta resolución surge como respuesta a un aumento significativo en la evasión fiscal, particularmente en transacciones que se realizan en efectivo o mediante transferencias, las cuales están siendo utilizadas para eludir la emisión de boletas electrónicas y, por ende, el correcto pago del IVA. "Hemos detectado estas conductas en nuestros análisis, por lo que hoy estamos apuntando a una mayor presencia en terreno", declaró Muñoz.

A partir del 1 de mayo de 2025, todos los comercios que disponen de medios de pago con impresora deberán entregar una copia impresa de la boleta electrónica o comprobante de pago (voucher). En el caso de aquellos comerciantes que no cuenten con dispositivos de impresión, tendrán hasta el 1 de marzo de 2026 para enviar la boleta en formato digital, utilizando medios como correo electrónico, SMS, WhatsApp o mediante códigos QR.

Impacto en los consumidores y comerciantes

Esta resolución tiene como principal objetivo asegurar la igualdad de condiciones para todos los contribuyentes. Muñoz destacó que "el objetivo de la medida es asegurar que todos los contribuyentes estén en igualdad de condiciones al momento de desarrollar su negocio", eliminando así la ventaja que podrían obtener ciertos comercios que optan por no emitir boletas para evitar el pago del IVA.

  • Para los comercios con impresoras: Desde el 1 de mayo de 2025, deberán imprimir siempre la boleta electrónica para pagos en efectivo o transferencias electrónicas, mientras que para compras con tarjetas, tendrán que imprimir el voucher correspondiente.
  • Para los comercios sin impresoras: Tendrán hasta el 1 de marzo de 2026 para enviar la boleta electrónica en formato digital a sus clientes.

El SII busca así no solo reforzar el cumplimiento de las normativas tributarias, sino también crear conciencia en los consumidores sobre la importancia de exigir sus boletas. "Al emitir la boleta y entregarla a los clientes en forma impresa o digital aseguramos, por una parte, que el negocio cumpla su obligación y entregue el impuesto pagado por el cliente al Fisco", manifestó Muñoz.

Además, enfatizó que esta medida está dirigida especialmente a los comercios y no a los operadores de medios de pago, permitiendo así que aquellos que no estén capacitados para imprimir no deban realizar cambios significativos en su operación actual. Muñoz remarcó que se busca generar un esfuerzo conjunto para fortalecer el cumplimiento tributario, apoyando a los comerciantes que se comportan de manera ética y contribuyen al sistema fiscal del país.

La implementación de la Resolución N°12 representa un enfoque más proactivo por parte del SII para combatir la evasión fiscal y promover el cumplimiento voluntario entre los comerciantes. La meta es que esta política no solo beneficie al Estado mediante un aumento en la recaudación fiscal, sino que también fomente un ambiente comercial más justo y transparente, donde todos los contribuyentes asuman sus responsabilidades tributarias de manera equitativa.